PLAN DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS A LAS EMPRESAS Y AUTONOMOS MARZO 2021  

Desde RCM asesoramos a las empresas y autónomos para solicitar las Ayudas Extraordinarias de Apoyo a la Solvencia Empresarial.

El 13 de marzo de 2021 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Estas medidas tienen como objetivo mejorar la solvencia de las empresas que eran viables económicamente antes de la aparición de la pandemia y que, como consecuencia de esta, han visto deteriorada su situación financiera y/o patrimonial.

 

 

Las ayudas públicas por 11.000 millones de euros, se articularan a través de las siguientes líneas de actuación

  • Ayudas directas

Se crea una nueva Línea Covid de 7.000 millones de euros de ayudas directas (a fondo perdido) a autónomos y empresas cuya actividad se ha visto más negativamente afectada por la pandemia, para reducir el endeudamiento suscrito a partir de marzo de 2020. Las ayudas se repartirán de la siguiente forma: los autónomos en módulos podrán recibir una cantidad fija de 3.000 euros y el resto de autónomos y empresas unas cuantías que estarán entre 40.000 y 200.000 euros, según determine cada Comunidad Autónoma. Estas ayudas directas tendrán carácter finalista, empleándose para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, siempre y cuando estas deudas se hayan devengado a partir de 1 de marzo de 2020 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto antes referido. Podrán solicitar estas ayudas las empresas adscritas a los sectores definidos en el anexo del Real Decreto, y cuyo volumen anual de operaciones se haya visto reducido en el ejercicio 2020 en más del 30% respecto al ejercicio 2019. No podrán optar a las ayudas aquellas empresas que el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2019 hubieran presentado una base imponible negativa. El objetivo de las ayudas es cubrir hasta un 40% de la reducción adicional de ingresos de microempresas y autónomos (con hasta 10 empleados), y un 20% para el resto de empresas.

 

 

  • Restructuración de la deuda financiera

Se crea una nueva línea de 3.000 millones de euros para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, con el objetivo de efectuar la conversión de parte del aval público en transferencias a las empresas y autónomos más afectados por la crisis, dentro del marco de acuerdos que se suscriban entre estas y las entidades financieras acreedoras. Asimismo, en la línea indicada pueden acogerse otras reestructuraciones. Por otra parte, el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público se podrá ampliar por un período adicional y en su caso convertirse en préstamos participativos, con el objetivo de reforzar los recursos propios teniendo en cuenta que estos préstamos tienen un tratamiento equiparable al capital. Se prevé una medida de último recurso que consiste en la concesión de ayudas directas para reducir la financiación con aval público

  • Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la Covid

Este fondo está dotado con 1.000 millones de euros y su objetivo es que aquellas empresas que son viables, adicionalmente a su acceso a las medidas indicadas en los apartados 1) y 2) anteriores y que todavía necesiten mejorar su solvencia, puedan reforzar su capital para hacer frente a la situación de la Covid.

 

 

Plazos

El Real Decreto-ley 5/2021 del 12 de marzo de 2021 impone al Gobierno un plazo de un mes y diez días para tener formalizada la orden de reparto de las ayudas, y a continuación las Comunidades Autónomas deberán desarrollar sus respectivos procedimientos.

 

Los autónomos o la empresa potencialmente receptora de las ayudas, debería poder contestar a las siguientes preguntas:

1

Si el volumen anual de operaciones que se desprende de las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido del ejercicio 2020 es inferior en más de un 30% al declarado en el ejercicio 2019.

 

2

Si en el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2019 presentó una base imponible positiva antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de bases imponibles negativas.

 

3

Si pertenece a alguno de los sectores descritos en el Anexo 1 del Real Decreto-ley 5/2021.

 

4

Si tiene previsto efectuar algún tipo de restructuración de deuda con las entidades financieras.

 

5

Si piensa mantener su actividad hasta junio de 2022 y si habrá restricciones al reparto de dividendos y en el salario de directivos por un período de dos años.

 

Se debe actuar rápido para aprovechar esta oportunidad que permitirá mejorar la solvencia de las empresas y garantizar su viabilidad a largo plazo, siendo un factor determinante el hecho de que la mayor parte de las ayudas no hay que devolverlas.

En RCM, damos soporte a los clientes para la obtención de ayudas e incentivos económicos del Fondo de Recuperación Next Generation, disponemos de especialistas con experiencia en los ámbitos contable, fiscal y jurídico, que trabajan para hacer llegar las Ayudas Extraordinarias a las empresas y autónomos, así como para asesorar en los procesos de reestructuración financiera y societaria que tienen que acometer.

MORATORIA CONCURSAL, se alarga hasta el 31 de diciembre del 2021

En el Real Decreto-ley 5/2021 del 12 de marzo de 2021 también se regula la extensión hasta finales del año 2021 de las moratorias para el desencadenamiento automático de PROCESOS CONCURSALES.

En concreto, se prorroga la MORATORIA CONCURSAL que venció el 14 de marzo, hasta el 31 de diciembre de 2021 y se amplía un mes el aplazamiento del pago de deudas tributarias. También se amplían los plazos de ejecución de proyectos financiados por la Secretaría General de Industria y los préstamos de Emprendetur.

En una próxima Newsletter, abordaremos de forma específica esta cuestión